Menú accesible
La tarjeta sanitaria y de la Seguridad Social es el documento que identifica individualmente a las personas ante el sistema sanitario público, en el caso de Galicia, el Servicio Galego de Saúde-Sergas, y acredita a su portador para el acceso a la asistencia sanitaria de forma individual y en condiciones de igualdad, tal como propugnan la Constitución y la Ley General de Sanidad.
Cómo se obtiene?
¿Quien puede solicitarla?
Tarjeta Sanitaria Europea.

¿Que es
CIDADE +?
CIDADE +?
Info en
CIDADE +
CIDADE +
Tarjeta Sanitaria
La tarjeta sanitaria y de la Seguridad Social es el documento que identifica individualmente a las personas ante el sistema sanitario público, en el caso de Galicia, el Servicio Galego de Saúde-Sergas, y acredita a su portador para el acceso a la asistencia sanitaria de forma individual y en condiciones de igualdad, tal como propugnan la Constitución y la Ley General de Sanidad.

Con el documento de reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria puedes solicitar la tarjeta sanitaria en el Centro de Salud que te corresponda.
El Centro de Salud tramitará la emisión de la tarjeta sanitaria individual para el titular y para cada uno de sus beneficiarios y la enviarán a tu domicilio.
El Centro de Salud tramitará la emisión de la tarjeta sanitaria individual para el titular y para cada uno de sus beneficiarios y la enviarán a tu domicilio.

Cualquier ciudadano residente en España que tenga reconocido el derecho a la asistencia sanitaria pública.

A partir del día 1 de junio de 2004 los formularios de estancia temporal, fundamentalmente, han sido sustituidos por la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE).
Esta tarjeta es individual y certifica el derecho de su titular a recibir las prestaciones sanitarias que sean necesarias desde un punto de vista médico, durante una estancia temporal en cualquiera de los países integrantes de la Unión Europea (Alemania, Austria, Bélgica, República Checa, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, Suecia), del Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein, Noruega) y Suiza, teniendo en cuenta la naturaleza de las prestaciones y la duración prevista de la estancia.
El período de validez consta en la Tarjeta Sanitaria Europea.
La asistencia sanitaria se recibirá en igualdad de condiciones con los asegurados del país al que se desplaza.
Se recuerda que la Tarjeta Sanitaria Europea no es válida si el motivo por el que se desplaza a otro Estado es recibir un tratamiento médico específico.
Para su obtención debe personarse en cualquiera de los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) del Instituto Nacional de la Seguridad Social, donde le será emitida en el acto, previa identificación personal. Si se trata de familiares a cargo del titular deberá presentar además el modelo P-1, donde constan dichos familiares.
Esta tarjeta es individual y certifica el derecho de su titular a recibir las prestaciones sanitarias que sean necesarias desde un punto de vista médico, durante una estancia temporal en cualquiera de los países integrantes de la Unión Europea (Alemania, Austria, Bélgica, República Checa, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, Suecia), del Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein, Noruega) y Suiza, teniendo en cuenta la naturaleza de las prestaciones y la duración prevista de la estancia.
El período de validez consta en la Tarjeta Sanitaria Europea.
La asistencia sanitaria se recibirá en igualdad de condiciones con los asegurados del país al que se desplaza.
Se recuerda que la Tarjeta Sanitaria Europea no es válida si el motivo por el que se desplaza a otro Estado es recibir un tratamiento médico específico.
Para su obtención debe personarse en cualquiera de los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) del Instituto Nacional de la Seguridad Social, donde le será emitida en el acto, previa identificación personal. Si se trata de familiares a cargo del titular deberá presentar además el modelo P-1, donde constan dichos familiares.